jueves, 22 de noviembre de 2012

Verdad Procesal Reflejo de la Verdad Material

El jueves pasado asistí nuevamente al juicio de Econoinvest. Era la continuación del interrogatorio que el Fiscal Daniel Guedez Hernández realizaba a Juan Carlos Carvallo, como correspondía, según las etapas del proceso penal, luego de sus declaraciones realizadas en las sesiones anteriores y al cual el acusado se somete de forma voluntaria.


De hecho Carvallo manifestó su interés de ayudar a aclarar las dudas que era manifestada tanto por el Fiscal como por el Juez. Fue una sesión muy cargada. 

La sensación que tuve fue como si el Fiscal intentaba, no solo aturdir al entrevistado, sino al propio Juez Romero con una serie de preguntas confusas, desenfocadas del objeto del caso, sobre aspectos técnicos en materia bursátil que no eran necesarios y luego rematando con preguntas maliciosas que daban a entender el incumplimiento de formalidades que ni siquiera existen en nuestra legislación nacional, como por ejemplo si Econoinvest “tenia licencia de operador cambiario”. Fue como si el Fiscal se quisiera montar sobre la ignorancia que pudiera haber en la salasobre la materia y confundir.

Sin duda poco aportaron sus preguntas para esclarecer ese cristal opacado en este juicio, paraasi poder estimar la realidad de los hechos, con la pureza con que solo la trasparencia nos permite apreciar.

Ciertamentehubo preguntas que tenia sentido, pero las mismas ya habían sido preguntadas, en sesión anterior, por el otro Fiscal Samuel Acuña y,a pesar de no haber asistido, entiendo por los comentarios de los abogados y de los familiares, nunca se llego a objetar ninguna de sus preguntas, por haber sido pertinentes para la búsqueda de la verdad. 

A diferencia de la sesión a la que asistí, la cual fue interrumpida en numerosas ocasiones por la defensa a los fines de proteger los derechos del interrogado que, claramente, estaban siendo violados por el fiscal de turno. 

Ante esa arremetida, Carvallo nunca se amínalo e incluso hizo uso de manuales del Banco Central de Venezuela, donde se desarrollaba todo el sistema operativo para, entre otras, se pudieran transar los TICC; así como, las normas que regulaban las actividades de las casas de bolsas y los convenios cambiarios; como de sus laminas que contenían la data precisa referente a la cantidad de operaciones que con TICC se realizaron en el Banco Central de Venezuela, justo los mismo días de las 6 operaciones que tomaron los Fiscales para justificar esta acusación (Así, por ejemplo, el 5 de enero de 2010, entre todos los bancos y casas de bolsas se hicieron 1656 operaciones).

Recuerdo que en una respuesta Carvallo quiso entender como es posible que el Fiscal diga que las operaciones con ADR’s o permuta eran legales, porque se le aplicaba la excepción de las operaciones con títulos valores del articulo 9 de la Ley contra Ilícito Cambiarios y, en el caso de las operaciones con TICC, la Fiscalía las consideraba ilegales, porque no le aplicaba la excepción. 

“Donde no distingue el legislador no debe mucho menos distinguir el interprete” como el Fiscal Guedez pretende distinguir si los tres casos se usan títulos valores. Buena pregunta! Ahora bien, lo que quisiera resaltar en estas breves líneasson unas ideas que considero fundamentales, a saber: Primero, el Juez esta allí para arbitrar, no para demostrar parcialidad e inclinar la balanza a una de las partes. Ni a la fiscalía por ostentar esa chapa y considerarse parte de la estructura judicial acusatoria. 

Como tampoco del lado del acusado, mas allá de lo que la ley lo protege y garantiza sus derechos. Que ya, con solo aplicarlos de forma objetiva, haría tanto bien al sistema y evitaría tanto coste a nuestro país de juicios superfluos e inocuos. Segundo, el juez debe conocer el derecho. 

El juez no puede asumir un caso sin saber la materia a la cual debe tomar una decisión y mas cuando la libertad de personas esta en juego, además de su reputación. No puede pretender ni el Fiscal, ni el Juez clases magistrales de los acusados para entender la materia, porque cualquier manipulación de la verdad, con medias tintas y preguntas capciosas hechas con intención de confundir por parte del Fiscal, aprovechando la falta de conocimiento del árbitro judicial, puede condenar a alguien sin ser culpable. Tercero, por sobre todas las cosas el juez debe buscar la verdad y así implantar la justicia que se requiere. 

Pero esa verdad procesal debiera ser siempre similar a la verdad real o material, la que ocurrió en el mundo real y no la que solo aparece en el procesal. 

Debe a toda costa evitar que exista disparidad entre ambas y, por supuesto, hacer prevalecer la verdad real o material frente a la procesal. Cosa que muchas veces se conforman con aceptar solo la verdad procesal, dejando a un lado cualquier esfuerzo por acercarse a la verdad real. Si la verdad procesal sobre la cual decide un juez es disímil a la verdad real o material, la justicia nunca existirá y viviremos en una sociedad vulnerable a la manipulación de actas y expedientes. Este juicio de las casas de bolsas es un juicio claro encuanto a determinar si hay o no delito.

Es un juicio de mero derecho, es decir, con solo aplicar las normas es suficiente para esclarecer las responsabilidades, pero por la naturaleza de las preguntas que escuche, se busca enredar y confundir la verdad real o material. 

Si por un lado, las normas de la Ley Contra Ilícitos Cambiarios establecieron un tipo penal en su articulo 9, que excluye las operaciones con títulos valores. 

Así mismo, la definición de operaciones cambiarias excluyen las operaciones con títulos valores y las normas de los Convenios Cambiarios, suscritos por el Banco Central de Venezuela y el Ministerio de Finanzas, establecieron las normas bases para operar con los títulos valores, creando el mercado alternativo de divisas con títulos valores.

Y, si por el otro lado, los Fiscales han, expresamente, declarado en juicio que Econoinvest realizo todas sus operaciones con títulos valores; si es la propia Fiscalía quien ya ha demostrado la verdad real y que consta en las actas procesales del uso de títulos valores; de los pagos con ocasión de la compraventa de esos títulos valores; la intervención del Banco Central de Venezuelaen el cruce de estas operaciones, a través de sus sistemas. No existe como una evidente inocencia de los acusados que ya llevan mas de 2 años y 6 meses presos? Por lo menos, no genera una duda razonable? Como es posible que sigan tras rejas estas personas? 

Solo espero que el Juez Rodolfo Romero no se deje influenciar por estas confusas argumentaciones que vi desarrollar el jueves pasado por parte de la parte acusatoria y su conocimiento de la materia lo ayude a contrarrestar cualquier engaño premeditado para inculpar a inocentes, haciendo prevalecer la verdad material frente a la mañosa verdad procesal. 

http://www.confirmado.com.ve//DO Fuente: Ricardo Padrón @rodz2058

Así avanza el juicio a Econoinvest Casa de Bolsa (II)


Por Carlos Carpio

El juicio a los cuatro directivos de Econoinvest, que se encuentran presos desde hace 30 meses en una cárcel del país, parece estar llegando a su etapa final. En efecto, después de marchas y contramarchas, suspensiones, ausencias del juez por enfermedad, incumplimiento de los horarios establecidos, largas colas para entrar al Palacio de justicia, largas colas para entrar a la Sala de Audiencia, disgustos, calor, apretujamiento, oraciones, abrazos, esperanzas, llanto y desmayos de familiares y amigos atribulados, amabilidades de algunos funcionarios y pesadeces de otros, el juicio pareciera concluir, por lo menos en lo que respecta a los alegatos de defensa de los abogados defensores y a las explicaciones detalladas que han dado los imputados.

Mañana jueves 22 de noviembre Herman Sifontes, ex presidente de la mayor casa de bolsa del país, concluirá su presentación de defensa (antes lo hicieron Miguel Osio, Juan Carlos Carvallo y Ernesto Rangel)  y será interrogado por el Juez y los Fiscales.

Seguidamente, y en audiencias posteriores, deberán comparecer ante el tribunal de la causa los testigos que tanto la defensa como la acusación han promovido para corroborar sus argumentos.

Para todos los que hemos estado atentos a este singular juicio, que marca historia en la legislación venezolana en materia financiera; los que como el Juez Rodolfo Romero hemos oído y leído todos los alegatos, asistido a muchas de las audiencias, escrito sobre el tema y leído lo que otros periodistas, economistas expertos en finanzas, abogados Etc. han publicado y dicho sobre este juicio, no nos queda la menor duda que los cuatro directivos de Econoinvest son inocentes de los cargos que se les imputan: agavillamiento e ilícitos cambiarios. Agavillamiento, porque esta empresa, que ya cumplió 17 años de fundada, y donde algunos de sus accionistas y directores se incorporaron en fechas distintas a la empresa, no pueden ser culpables de haberse asociado para delinquir, con diez años de anticipación, para actuar en un control cambiario que a futuro utilizaría títulos valores. Y sobre los delitos cambiarios, porque se ha más que comprobado, durante el juicio, que las operaciones con Títulos de Capital e Interés cubierto (Ticc) eran completamente legales, como lo establecía la ley de ilícitos cambiarios vigente para esa oportunidad.

En distintas oportunidades hemos informado a través de Aporrea, quien amablemente ha publicado muchos de mis artículos sobre el juicio, y a través de las redes sociales, sobre lo que pensamos de los directivos de Econoinvest y de su intervenida y liquidada empresa, y hemos rogado a las autoridades, al igual que ellos y sus familiares, por la continuación de su juicio en libertad.

No hay dudas, el Juez Rodolfo Romero tiene suficientes elementos para que al final del juicio sean declarados inocentes, pero si en el supuesto negado fuesen declarados culpables, ya habrán cumplido con suficiente cárcel y requisitos legales para que sean liberados de inmediato.

El martes Herman Sifontes en sus alegatos dijo algo que podría ser concluyente y definitivo en este juicio y así lo recogió la prensa nacional de ayer:

Herman Sifontes, uno de los cuatro directivos de Econoinvest detenidos, indicó al juez Rodolfo Romero, que el juicio oral y público podría concluir rápidamente con una aclaratoria del presidente del BCV, Nelson Merentes. Según Sifontes, el alto funcionario podría pronunciarse sobre la legalidad de los Títulos de Interés y Capital Cubierto (Ticc) por los cuales la Fiscalía los acusa de comercialización ilícita de divisas.

Y Ernesto Rangel, el  jueves de la semana pasada,  destacó, en su intervención de defensa, que el gran éxito de Econoinvest, como casa de bolsa, fue demostrar que era posible invertir en el mercado de valores con montos accesibles para el ciudadano común.

Para muestra de su inocencia y su responsabilidad empresarial bastaría con estos dos ejemplos!

El Juez Romero y los Fiscales del caso han cumplido a cabalidad con las expectativas, pronto habrá que dictar sentencia; ojalá por la cercanía de la navidad, lo que resta del juicio lo puedan enfrentar los cuatro directores de Econoinvest en libertad. Es justicia!

Técnicos del BCV serán testigos en juicio Econoinvest



Técnicos del Banco Central de Venezuela (BCV) asistirán al juicio oral y público de Econoinvest. Tanto la Fiscalía, como la defensa de los cuatro directivos de esta casa de bolsa (detenidos desde hace dos años y medio), promovieron la participación de estos profesionales del organismo emisor como testigos expertos.

El acto todavía no llega a esa fase, pero ya el Tribunal Quinto de Juicio aceptó la solicitud hecha por ambas partes para citar a los técnicos del BCV. Después de la presentación y el respectivo interrogatorio a Ernesto Rangel y Herman Sifontes -dos de los acusados-, vendrá la exposición de los testigos. Y también la etapa de las pruebas que suman 30 piezas del Ministerio Público y 30 piezas de la defensa.

El Superintendente Nacional de Valores, Tomás Sánchez, será otro de los testigos. Fue promovido por la defensa, y el Tribunal aprobó la solicitud. Por lo que tendrá la obligación de asistir.

Según uno de los tres abogados defensores, Beatriz di Totto, el interrogatorio a Sánchez es significativo para la defensa, por haber hecho la denuncia contra las supuestas operaciones irregulares que realizaban algunas casas de bolsa. Y, aunque no incluyó a Econoinvest, no se pronunció cuando se dieron las medidas contra esta casa de bolsa y sus directivos.


Registro quedó en el BCV 

El juicio continuará mañana, luego de que culminara en la sesión anterior el interrogatorio a otro de los acusados, Juan Carlos Carvallo, quien se encargaba de la vicepresidencia de ventas.
En sus declaraciones indicó que cada una de las 10 operaciones por las que los acusan de comercialización ilícita de divisas a Econoinvest, quedó registrada en el BCV.
Ante las preguntas del fiscal Daniel Guédez sobre la manera en que se cancelaban las transacciones, Carvallo señaló que en Venezuela se utilizaba el sistema de pago nacional, regulado por la Superintendencia de Bancos (Sudeban); es decir, las instituciones bancarias del país. Mientras que para los pagos hechos en el exterior, se utilizaba una cuenta transitoria, en el Deutsche Bank, institución que pertenece al sistema Swift internacional, al que está adscrito también el BCV.

Por este motivo, ante una investigación como la que se lleva a cabo en torno al caso Econoinvest, la traza o registro de todas las operaciones puede conocerse desde el principio hasta el final.

Según explicó Beatriz di Totto a El Mundo Economía y Negocios, de tal manera no hay forma de suponer que las transacciones no se efectuaron. "No es posible decir que se dio alguna operación simulada. La operación se dio y quedó registrada. Al igual que su afectación financiera", señaló.

Carvallo en la más reciente sesión del juicio, reiteró en sus respuestas al fiscal Guédez que la transferencia de la propiedad del título valor sólo podía hacerse a través del BCV; sin embargo, la forma de pago o negociabilidad (lo cual es distinto) se efectuaba dentro y fuera del país.

También indicó que los fondos pertenecían a los clientes. Al principio del día, los interesados en cambiar a través de títulos valores dólares por bolívares, o viceversa, presentaban sus solicitudes ante esta casa de bolsa, y en esa cuenta, al final del día, se sumaban peticiones demandantes y las ofertantes para cerrar las operaciones.

Reiteró que esas transacciones se basaban en la compra y venta de títulos valores, que es para lo que estaba autorizada la casa de bolsa, amparadas en un marco legal que comenzó a establecerse con el Convenio Cambiario N° 4, la Ley de Ilícitos Cambiarios (y su aclaratoria estipulada por el poder legislativo en el artículo nueve de esa normativa, donde se permitía la comercialización de divisas a través de títulos valores); además, en todas las resoluciones dictadas por el BCV y cada uno de los prospectos de los bonos emitidos por el Estado.

De hecho, la defensa especificó que Econoinvest no necesitaba licencia de operador cambiario, pues no era una casa de cambio, ni realizaba las operaciones de una empresa de este tipo. Como casa de bolsa se limitaba a la compra y venta de títulos valores.

El Mundo, 19/11/2012, 19, Carjuan Cruz