17/07/2012
En el segundo día del juicio del caso Econoinvest, el fiscal Daniel Guédez insistió en que las operaciones hechas por esta casa de bolsa, se realizaban con la finalidad de conversión y no de inversión.
Según Guédez, las emisiones que el Gobierno hacía de títulos valores en moneda extranjera no se hacían para darle liquidez a estas operaciones, sino con el único fin de conseguir financiamiento para proyectos del Estado.
Cuando habla de conversión se refiere al uso de los títulos para obtener dólares a través de los bolívares, mecanismo especificado en la excepción del artículo 9 de la Ley Contra Ilícitos Cambiarios sobre las operaciones con títulos valores.
También afirmó que, aunque en efecto las casas de bolsa sí estaban participando en un mercado alternativo porque había títulos de por medio, dice que eso no comulga con lo que promocionaba Econoinvest que era la inversión a largo plazo, sino que era simplemente para la adquisición de divisas.
Guédez afirmó que el uso de estos títulos en la conversión de monedas, provocaba “el alza artificial de la divisa”, lo que ocasionaba un efecto inflacionario. Agregó que si a las operaciones que realizaba Econoinvest se les quitara la figura del título, quedaría como una operación pura y simple de compra y venta de dólares.
El dispositivo de seguridad en esta segunda sesión del juicio es más estricto con máquinas detectoras de metal a la entrada del pasillo que da a la sala, que esta vez es más amplia. Público asistente (madres, esposas, exempleados, entre otros) tuvieron que ser requisados si deseaban entrar.
En esta segunda sesión solo dio tiempo para que el fiscal Guédez continuara con la presentación de la acusación. Ni los abogados defensores, ni los acusados tuvieron el derecho a la palabra.
Después del receso, Guédez, entró en materia jurídica, citó el artículo 9 de la ley de Ilícitos Cambiarios nuevamente y el de agavillamiento. Pero además trajo a colación las razones de la creación de la normativa en 2008, en donde se especifica que esta regulación buscaba la estabilidad de la economía nacional. También acudió a los artículos 299 y 112 de la Constitución Nacional, que refieren a ese mismo propósito.
Bajo ese marco legal, el representante del Ministerio Público aseguró que Econoinvest afectó "bienes jurídicos", enumerados como: el control de cambio, la estabilidad económica, y el derecho al acceso a bienes y servicios a precios justos.
Con teorías de derecho moderno europeo, el fiscal Guédez relacionó el caso con las tesis de dominio de hecho, que ejemplificó con la película Juego de Miedo (en inglés Saw).
(El Mundo Economico.17/07/2012 07:42:39 p.m. | Carjuan Cruz)
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